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EXTINCIÓN DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS POR NEGARSE A TENER RELACIÓN CON SU PADRE

EXTINCIÓN DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS POR NEGARSE A TENER RELACIÓN CON SU PADRE

El pasado año 2019, dediqué el post «El Tribunal Supremo y la extinción de la pensión de alimentos por falta de relación entre padre e hijo» al análisis de la Sentencia n.º 104-2019, de fecha 19 de febrero, dictada por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo.

Cuatro meses después, acudía a mi despacho un padre con una situación similar a la enjuiciada en la citada sentencia: una hija con 19 años de edad no quería tener ninguna relación con su padre. Se había cambiado el orden de los apellidos para que el de su madre fuera el primero e incluso, en un libro que había escrito, venía a decir que «no tenía padre».

Eso sí, esta chica, como sucede con la mayoría de hijos e hijas que no quieren saber nada de su padre, quería seguir cobrando la pensión de alimentos acordada por sentencia.

Hay que señalar que no había ningún motivo que justificara tan contundente rechazo por parte de esta hija hacia su padre.

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